
En la presente publicación vamos a explicar brevemente los requisitos legales existentes para poder extinguir el contrato de trabajo por impago del salario y las claves necesarias que deben conocer por si alguna vez se encuentran en esta situación.
Cuando un empresario deja de abonar el salario a su trabajador, se crea una situación de vulnerabilidad para el empleado, pues no se extingue la relación laboral, no cobra y tampoco puede solicitar ninguna prestación por desempleo. Esto puede dejar fuera de juego a una persona que por ejemplo vive al día, paga el alquiler o hipoteca de su piso y no tiene otras fuentes de ingresos activos o pasivos.
Requisitos para dar por extinguido el contrato de trabajo:
Tal como prevé el art 50.1b del Estatuto de los Trabajadores, las causas justas por las que el trabajador puede solicitar la extinción del contrato son la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado. La jurisprudencia, considera incumplimiento grave del empresario cuando deja de abonar de forma repetida el salario al menos durante 3 meses.
Por el contrario, no habilitaría al trabajador el derecho a reclamar si se trata de un mero retraso esporádico.
Procedimiento para extinguir la relación laboral por impago de salario:
El primer paso es presentar la papeleta de conciliación en el departamento de conciliaciones competente. En caso de que el empresario no acuda o no haya acuerdo, se debe interponer la demanda ante los Juzgados de lo Social.
Una vez interpuesta la demanda, será aconsejable solicitar la ampliación de la demanda por los salarios que se sigan adeudando.
Medida cautelar para cobrar el salario impagado:
Existe la posibilidad de que el empleado, una vez presentada demanda pueda además solicitar una medida cautelar consistente en el embargo preventivo con el fin de evitar las posibles artimañas de la empresa para prepararse para una posible insolvencia.
También sería posible solicitar una extinción anticipada antes de la celebración de juicio alegando perjuicio patrimonial grave o la pérdida de oportunidades de empleo.
Efectos de la extinción:
El trabajador logrará obtener una indemnización por la resolución de la relación laboral que será la misma que se paga para un despido improcedentes + finiquito, vacaciones, horas extra no abonadas etc.
En caso de insolvencia del empresario, nos dirigiremos al Fondo de Garantía Salarial para que se haga cargo de todo o parte de la indemnización a la que tengamos derecho.
La extinción del contrato por impago de salarios dará derecho al trabajador a solicitar la prestación por desempleo y el subsidio que le pertoque, de manera que con el acta de conciliación o la sentencia o bien el Auto de una medida cautelar, el trabajador podrá acudir al SEPE para reclamar su prestación.
Si desea contactar con nuestros abogados expertos en extinción de contrato puede enviarnos un email a info@nnlegalgroup.com y les atenderemos encantados o bien pueden contactarnos mediante cualquier forma de las que figuran en nuestra web.
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