
Viabilidad de la reclamación patrimonial e indemnización estimada a cobrar por el paciente perjudicado.
Viabilidad de la reclamación patrimonial:
En el campo de la gestión sanitaria y la medicina, ni todo vale, ni cualquier error u omisión médica puede quedar impune ante la mirada de los Tribunales de Justicia.
En esta ocasión, vamos a hablar de la responsabilidad patrimonial de la administración en aquellos casos en los que tras haberse realizado una resonancia magnética a un paciente, se le diagnostica la ruptura del menisco interno, la ruptura radial del cuerno posterior del menisco interno, o bien una condromalacia de grado avanzado, entre otros.
Estas patologías, derivan normalmente en una intervención quirúrgica de atroscopia y en ocasiones, tras la intervención, resulta que las estructuras intra articulares resultan preservadas, no objetivándose ninguna fractura, lo que se conoce como un falso positivo.
Es común que los profesionales de la sanidad hablen con naturalidad del tema, indicando que siempre existe un % de falsos positivos y negativos ya que la artroscopia es el único diagnóstico que da la visión i la palpación directa de la patología, por lo que una vez realizada la intervención, se puede confirmar o desmentir un diagnóstico.
La viabilidad para reclamar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados, se justifica en que la realización de la artroscopia se produce tras el diagnostico realizado en base a una resonancia magnética practicada, la cual puede mostrar por error una patología inexistente.
¿Qué indemnización puedo cobrar?
Pues bien, tras las sentencias favorables recientemente obtenidas por el despacho, dependiendo de los días de baja y las lesiones derivadas de la artroscopia (normalmente no son lesiones considerables), se pueden dar 2 puntos por omoalgia y un perjuicio estético ligero de 2 puntos + 800 euros de intervención quirúrgica, lo que se podría traducir entre unos 6.000 a 12.000 euros aproximadamente o superior, dependiendo del caso.
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